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Adaptarse a la Ley no debe ser ni caro ni complejo.
Este es el objetivo principal del Servicio de Consultoría
LOPD de audifarma.
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley
Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal 15/1999, de 13 de Diciembre, en adelante
LOPD., surgen una serie de obligaciones para aquellas
empresas que posean ficheros con datos de carácter
personal.
Cualquier empresa o negocio que, en el ejercicio de
su actividad profesional, disponga de ficheros que contengan
datos relativos a personas físicas, debe cumplir
la normativa vigente en materia de protección
de datos personales, con independencia de su entidad
(autónomos, pymes o grandes empresas).
En el desarrollo de la LOPD, las empresas habrán
de cumplir también con el Reglamento
994/1999 de Medidas de Seguridad de los ficheros
automatizados que contengan datos de carácter
personal.
Este reglamento tiene por objeto establecer las medidas
de índole técnica y organizativas necesarias
para garantizar la seguridad que deben reunir los ficheros
automatizados, los centros de tratamiento, locales,
equipos, sistemas, programas y las personas que intervengan
en el tratamiento automatizado de los datos de carácter
personal.
Ambas normas establecen las siguientes obligaciones
principales en materia de protección de datos:
- Inscripción de los ficheros
en la Agencia
de Protección de Datos
.
- Obligación de obtener el consentimiento
de los titulares de los datos personales para proceder
al tratamiento automatizado de los mismos.
- Implementación de un Documento
de seguridad donde se recogen las medidas de seguridad
aplicables en la empresa o negocio.
- Obligación de facilitar el
ejercicio de los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición a los titulares
de los datos de carácter personal.
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