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El cumplimiento de las obligaciones legales en materia
de protección de datos es imprescindible para
evitar las elevadas sanciones que pueden derivar de
una inspección de la Agencia
de Protección de Datos .
La LOPD clasifica las posibles infracciones en leves,
graves y muy graves, estableciendo una gama de sanciones
que van desde las 601,01 € a los 601.012,10 €
.
Las sanciones son además compatibles con las
acciones penales o civiles que el interesado pueda iniciar
ante la justicia ordinaria.
Se consideran datos especialmente protegidos, los que
revelen la ideología, afiliación sindical,
religión y creencias; así como los que
hagan referencia al origen racial, a la salud y a la
vida sexual. Entre éstos, los datos relativos
a la salud son los que más frecuentemente son
tratados en las Oficinas de Farmacia y por consiguiente
las infracciones pueden llegar a ser de caracter muy
grave.
| Nivel |
Sanción |
| Leves |
de 601,01 € a 60.101,21 € |
| Graves |
de 60.101,21 € a 300.506,05 € |
| Muy Graves |
de 300.506,05 € a 601.012,10 € |
A modo de ejemplo, podemos señalar que no dar
de alta un fichero en la Agencia
de Protección de Datos
es sancionado con una multa mínima de 601,01
€ que puede llegar, según los casos, hasta
los 60.101,21 €. Asimismo, no tener establecidas
las medidas de seguridad que ordena el Reglamento se
sanciona con una multa mínima de 60.101,21 €,
que puede llegar hasta los 300.506,05 €.
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